El derecho a ser cuidado, protegido y alimentado de los menores es un derecho reconocido por la Declaración Universal de los Derechos del Niño que tiene raigambre constitucional.
En la Argentina en enero de 2000 se creo en el Ámbito del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el registro de Deudores Alimentarios Morosos por Ley 269 en donde se inscribieron 820 padres morosos hasta la fecha.
Lamentablemente si bien cuando se creó nació una esperanza para las mujeres que no reciben alimentos para sus hijos, la realidad es que no cumplió con las expectativas que se tenia. Ello porque las consecuencias son en la esfera pública y no privada donde los padres no alimentantes pueden ejercer comercio, tener empresas, sacar créditos, salir y entrar del país sin que los afecte la inscripción en el registro.
La inscripción en dicho registro se hace por orden judicial, de oficio o a petición de parte y para inscribirlo el padre debe adeudar en forma total o parcial 3 cuotas consecutivas o 5 alternadas.
Quienes estén inscriptos en ese registro no pueden abrir cuentas corrientes ni tener tarjetas de crédito en organismos públicos de la Ciudad, no pueden ser proveedores de los Organismos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, no pueden presentarse en concurso para ser Jueces, no pueden desempeñar cargos electivos de la Ciudad entre otros efectos.
Otro aspecto que nos gustaría resaltar es la existencia del delito de incumplimiento de los Deberes de Asistencia Familiar que preveé pena de prisión para el padre incumplidor, pero lamentablemente son pocos los jueces que aplican la pena en forma efectiva ya que la aplican en suspenso o se transforman en "trabajos comunitarios" (probation), por lo que tampoco esta ley consigue el efecto buscado que no es otro que concientizar al padre que debe cumplir con los alimentos hacia sus hijos.
En la esfera de la Justicia Civil, años atrás los jueces negaban las visitas al padre no alimentante, pero en la actualidad se entiende que privar el hijo de la visita además de no recibir alimentos es un doble castigo.
Pero también es cierto que en la actualidad se están convirtiendo en único sostén de familia ya sea porque hay más mujeres que hombres; porque la mujer tiene más esperanza de vida o justamente porque hay más divorcios pero lo grave es que hay más padres no alimentantes y todo ello siempre es en perjuicio de los menores ya que si ambos padres contribuirían al sostén de los hijos siempre ello sería en beneficio de los menores.
En la actualidad en la situación de crisis económica social que se vive en Argentina ha aparecido una nueva excusa para no pagar alimentos que es la falta de trabajo, la falta de ingresos, la desocupación pero queremos resaltar que padres no alimentantes existieron siempre, en épocas de prosperidad, en la actualidad y también existirán en el futuro ya que muchos hombres al divorciarse de sus mujeres también se divorcian de sus hijos desentendiéndose totalmente de sus obligaciones no solo materiales sino también afectivas. Es de destacar que la situación crítica que se vive en la Argentina en la actualidad no es privativa de los hombres sino que también de las mujeres quienes redoblan esfuerzos a fin de que a sus hijos no les falte lo mínimo para cubrir necesidades elementales.
Pasemos ahora a la parte del tramite procesal para la fijación de alimentos:
¨¿Cómo se fijan los mismos ?
Hay dos maneras para fijar la cuota de alimentos:
a. - De común acuerdo por los padres.
b.- Judicialmente. Los jueces toman pautas para la fijación de los alimentos para los hijos menores de edad.
Las pautas consisten en:
a. Caudal económico del alimentante.
b.- Nivel de vida que tenía el matrimonio y/o pareja durante la convivencia, tomando en cuenta también gastos y/o erogaciones que se deben efectuar para el desarrollo del niño (colegios, medicina prepaga - obra social, vestimenta, deportes y/o esparcimientos, etc.).
Estas pautas deben llegar a la convicción de S.S. para fijar el emolumento de "alimentos".
Sin perjuicio, que el tramite por fijación de cuota alimentaria es largo, S.S. fija alimentos provisorios hasta tanto de las probanzas del juicio surja la definitiva cuota alimentaria.
Una vez fijada la cuota comienza la lucha por el cobro de los mismos, es decir iniciar la ejecución de alimentos y aquí la mujer se encuentra con la cruda realidad que el padre que no quiere pagar los alimentos transfiere sus bienes y no tiene titularidad dominial alguna.
En la mayoría de los casos es más difícil ejecutar los alimentos a padres con mayores recursos que no tiene sueldo, son autónomos y carecen de propiedades a su nombre, que a un padre de más bajos recursos pero con sueldo fijo mensual que en su caso el Juez ordenara el embargo hasta cubrir las sumas adeudadas en concepto de alimentos.
Los alimentos son fijados hasta la mayoría de edad de los hijos. esto es 21 años o emancipados por habilitación de edad o matrimonio. También existe la posibilidad de fijarlos a favor de la ex mujer ya sea por acuerdo o judicialmente peticionarlos dejando aclarado que la mujer que sale culpable en un divorcio pierde la vocación hereditaria y también el derecho a percibir alimentos.
A nuestro modesto entender creemos que las leyes deben ser actualizadas a la realidad crítica que se vive hoy en el país, deben ser más estrictas, los trámites legales deben ser mas cortos con resultados más rápidos y eficaces siempre en salvaguarda de los derechos de los menores, debe contemplarse la aplicación de la prisión en forma efectiva para padres no alimentantes con recursos y que omiten en forma voluntaria el cumplimiento de los deberes, las sanciones de estar inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos debería extenderse a la esfera privada incluso debería prohibírseles la libre salida del país y todo ello para crear una conciencia generalizada de paternidad responsable en el hombre no alimentante.
Por otra parte si bien existen proyectos de reforma de leyes las mismas parecerían estar encajonadas y no se sabe a la espera de que. Así por ejemplo un proyecto contempla la extensión de la obligación alimentaria hasta los 25 años del hijo para el caso de que curse estudios, también se modifica la mayoría de edad que cambiaría a los 18 años y esto es interesante destacar ya que a esa edad se puede conducir vehículo, ir a la guerra pero por ejemplo no se puede salir del país sin autorización de ambos padres y esta cuestión es utilizada en muchos casos por los padres que niegan la autorización a sus hijos para presionar e intentar que la madre desista en el reclamo de alimentos. Pero lamentablemente todos estos proyectos no salen y la legislación sigue des actualizada y sin adaptarse a las necesidades de la sociedad.
Analógicamente podríamos referirnos a la grave situación de inseguridad que se vive hoy en el País donde podemos afirmar que las leyes no se adaptan a la grave situación en donde la sociedad toda pide a gritos leyes más severas para con un sector de menores que hoy son in imputables de acuerdo a las leyes vigentes y son los que roban y matan. Es decir las leyes deben actualizarse en ésta esfera y también en la que es materia de este artículo. Sin leyes actuales jamás se podrá vivir en una sociedad donde reine la paz y donde los seres humanos cumplan con sus obligaciones para con la sociedad y para con su familia.
Queremos distinguir que en el Club nos encontramos con testimonios que queremos diferenciar, está el padre que no puede pagar los alimentos, aunque tiene que redoblar sus esfuerzos para poder cumplirlos y esta el padre que no quiere pagarlos aún cuando puede, y frente a este último padre habría que sancionar leyes severas y estrictas para que cumplan con su deber alimentario.
En resumen existen muchos hombres que son buenos padres, que se preocupan por sus hijos, que los cuidan, los contienen, los visitan y los alimentan pero desgraciadamente nos encontramos con malos padres que se desentienden de sus hijos moral, afectiva y materialmente y aparentemente la ley los protege.
Frente a estos últimos padres la sociedad toda pide a gritos se haga algo. Así lo pido.
Ahora pasamos a transcribir el primer testimonio de una socia del Club:
Primer testimonio: "la lucha por nuestros hijos "
El mismo es relatado por Sandra T.: Que contraje matrimonio en Enero de 1990. De dicha unión nacieron nuestros hijos Ornella y Augusto que hoy tienen 5 y 8 años respectivamente. Nos divorciamos en el año 2000 de común acuerdo, suscribiendo un convenio que incluida una cuota de alimentos de $ 400.- para nuestros dos hijos más la mitad de las sumas que se abonarán por Obra social y escolaridad de los chicos.
Quiero resaltar que si bien suscribí un común acuerdo, fui víctima de golpes y malos tratos, violencia psicológica en los últimos años de matrimonio y aún después de la separación , que me llevo a engordar a casi 100 kilos y en todo este proceso fuí sujeto de frases despectivas y burlas de mi marido hacia mi.
Pensé que con el divorcio empezaba a vivir tranquila pero ahí descubrí todas las maniobras que mi marido me había hecho suscribir en forma engañada haciéndome transferir hasta el inmueble ganancial sede del hogar conyugal a mis suegros, estando hoy en peligro la vivienda de mis hijos, ya que sus abuelos la tienen a la venta .-
Nunca cumplió con la cuota alimentaria convenida, debiendo mis hijos cambiar su standard de vida, cambios a colegios municipales, cambios en sus hábitos de alimentación, salidas, obra social, etc.
En la actualidad él se presenta como una persona totalmente insolvente e indigente, se califica de "BUSCA", cuando en realidad fue un empresario e inició un incidente de reducción de cuota cuando de hecho nunca paso nada.
Ante todos estos incumplimientos empezó mi deambular por los Tribunales sin éxito alguno, ya que parecería como que la ley protege al padre incumplidor, inicié ejecuciones, lo inscribí en cuanto registro de Incumplidor existe, inicié acción penal y lo último es cautelares para evitar la venta de mi vivienda.
No se de donde saco fuerzas para seguir luchando, pero aparecen, más de una vez lloro a solas cuando la plata no me alcanza para comprar a mis hijos el Nesquik que les gusta. Desde la separación soy el único sostén del hogar, trabajo todo el día para darle una buena educación a mis hijos, habiendo pasado por un camino de sacrificio desde dejar a mis hijos al cuidado de otra persona desde pequeños para trabajar todo el día y hacer malabares para estirar el sueldo.
La maternidad nace desde la concepción y no dejaré de luchar por mis hijos, pidiendo a legisladores y jueces que hagan algo por las tantas mujeres que se encuentran en una situación tan crítica como la mía, y hagan cumplir las leyes concientizando a los padres incumplidores que deben cumplir con la cuota de alimentos para sus hijos, ya que ellos van a ser los únicos beneficiados.
Club de Divorciadas.-
Todos los Derechos Reservados.
|